La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México ha emitido un fallo histórico al conceder amparo a seis empresas energéticas, declarando la inconstitucionalidad de las reformas a la Ley de la Industria Eléctrica implementadas desde marzo de 2021, que beneficiaban predominantemente a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) sobre otros generadores privados de energía. Este amparo, solicitado por empresas como Recursos Solares PV de México IV y Eólica Tres Mesas 4, entre otras, tendrá un impacto generalizado, aplicándose a todos los participantes del mercado eléctrico nacional, con el objetivo de evitar distorsiones en el sector.
La sentencia, que busca preservar la competencia efectiva y la inversión en energías limpias, señala que las reformas impugnadas creaban barreras que limitaban la competencia efectiva en el mercado de generación de energía. Este fallo no solo beneficia a las empresas que presentaron el amparo, sino que por extensión favorecerá a todas las empresas del sector, garantizando un tratamiento equitativo en el acceso a la red de transmisión y distribución, así como en la adquisición de certificados de energías limpias.
La SCJN subrayó que la reforma contradecía el principio constitucional de sujetar las actividades de generación y comercialización de energía eléctrica a las reglas de mercado, y vulneraba el principio de desarrollo sustentable al desplazar las energías limpias. Además, la Corte refutó los argumentos del Ejecutivo y el Congreso, que justificaban las reformas por la necesidad de asegurar el suministro energético y fortalecer a la CFE, destacando que la rectoría económica del Estado debe ejercerse sin afectar los derechos humanos ni la competencia efectiva.
Este fallo se produce en un contexto de amplio debate sobre el futuro de la política energética en México y podría tener implicaciones significativas para la estrategia del país en materia de energía y para las relaciones comerciales internacionales, especialmente en el marco del T-MEC, donde se ha cuestionado la conformidad de estas políticas con los principios de trato no discriminatorio. La decisión de la SCJN marca un punto de inflexión en la regulación del sector energético mexicano, reafirmando la importancia de la competencia y la inversión en tecnologías sustentables.
Con información de El Economista | Nota original