En los últimos años, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) ha agilizado el proceso de autorización para las entidades que buscan operar bajo la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera, conocida como Ley Fintech. Sin embargo, este impulso no se ha reflejado en la actividad de supervisión llevada a cabo por la autoridad sobre las empresas que operan bajo este marco normativo.
Según una solicitud de transparencia, hasta finales del año pasado, la CNBV había realizado actos de supervisión en solo 25 de las 74 entidades autorizadas bajo la Ley Fintech, lo que representa menos de la mitad del total (actualmente son 76 las autorizadas).
La Ley Fintech se publicó en marzo de 2018 con el propósito de regular principalmente dos figuras: las Instituciones de Fondos de Pago Electrónico y las de Fondeo Colectivo.
Aunque la CNBV comenzó con las autorizaciones en enero de 2020, la pandemia interrumpió este proceso y fue hasta 2021 que se retomó el ritmo para otorgar las autorizaciones. Durante 2021 se autorizaron 23 entidades, 20 en 2022 y 30 en 2023. Sin embargo, la supervisión por parte de la autoridad no ha avanzado al mismo ritmo.
Según Carlos Valderrama, socio fundador de la firma Legal Paradox, el proceso de supervisión se fortalecerá con el tiempo a medida que la autoridad identifique áreas de oportunidad en su vigilancia a estas firmas.
Es importante destacar que el hecho de que una entidad no sea objeto de supervisión por parte de la CNBV no significa que esté exenta de la vigilancia del regulador, ya que aún debe cumplir con el envío de reportes a la autoridad.
En febrero de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el reglamento interno actual de la CNBV, que dio origen a la Dirección General de Supervisión de Instituciones de Tecnología Financiera (DGSITF). La supervisión del sistema financiero comenzó con la creación de la DGSITF, según la misma solicitud de transparencia.
La integración de la DGSITF en las labores del regulador no ha sido sencilla. En agosto de 2023, a solicitud del Presidente de la CNBV, esta dirección fue transferida de la vicepresidencia Técnica del organismo a la vicepresidencia de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros B.
Con información de El Economista | Nota original