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CNBV sanciona a Ángel Romanos Berrondo, exdirectivo de Crédito Real

En el marco de la declaración del concurso mercantil de Crédito Real, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) publicó una sanción para Ángel Francisco Romanos Berrondo, expresidente de consejo de esta institución crediticia, debido a que omitió difundir información relevante por lo que infringió el artículo 44 de la ley del Mercado de Valores.

En el marco de la declaración del concurso mercantil de Crédito Real, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) publicó una sanción para Ángel Francisco Romanos Berrondo, expresidente de consejo de esta institución crediticia, debido a que omitió difundir información relevante por lo que infringió el artículo 44 de la ley del Mercado de Valores.

De acuerdo con la información publicada por el regulador, por dicha conducta, que ocurrió en el 2020, el señalado deberá pagar un monto de 868,000 pesos. Hasta la fecha, la sanción no ha sido liquidada.

En junio del 2022, Crédito Real, considerado uno de los prestamistas no bancarios más grandes de México, anunció que Romanos Berrondo había renunciado a su cargo como presidente de consejo; sin embargo, continuaría como consejero de la institución.

Romanos Berrondo fue uno de los principales impulsores de la disolución de esta empresa, que recientemente fue declarada en concurso mercantil y que tiene que llegar a un acuerdo con sus acreedores en el marco de este proceso.

Durante varios años, Romanos Berrondo fue la imagen pública de Crédito Real e incluso, se atrevió a manifestar que la firma, en sus años boyantes, se convertiría en un banco; sin embargo, el destino alcanzó al prestamista y sus compromisos de deuda con distintos acreedores terminaron ahogándolo.

Esta es la primera sanción de la CNBV que se da en el contexto del proceso de liquidación de la firma. Anteriormente, en el 2018, la autoridad había publicado cuatro sanciones contra Crédito Real, por un total de 90,588 pesos (de 22,647 pesos cada una), por no entregar la totalidad de la información sobre sus operaciones crediticias, tal y como lo exige la ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia.

Con información de: El Economista. || Nota original aquí.

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