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Empresas sin verificación voluntaria, elegibles para inspección laboral. Hoy Velavo cubre a 100,000 trabajadores

El programa de Verificación Laboral Voluntaria (Velavo), lanzado hace nueve meses, ha logrado la inscripción de aproximadamente 100,000 trabajadores.

El programa de Verificación Laboral Voluntaria (Velavo), lanzado hace nueve meses, ha logrado la inscripción de aproximadamente 100,000 trabajadores. Aunque es voluntario, la participación en Velavo se convierte en un indicador para las autoridades sobre el cumplimiento laboral de las empresas. Aquellas que no informan a la autoridad podrían ser inspeccionadas, ya que existe un número significativo de empresas que aún pueden sumarse al programa.

Omar Nacib Estefan Fuentes, director General de Previsión Social de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), en una entrevista con El Economista, expresó que el objetivo es duplicar el número de trabajadores inscritos en Velavo para el cierre de la actual administración. Según Estefan Fuentes, la reticencia de algunas empresas a unirse podría deberse al temor de acercarse a la autoridad laboral. Sin embargo, destacó que Velavo es un programa de buena fe que ha dado excelentes resultados y cuenta con la participación de grandes corporativos y multinacionales mexicanas.

Velavo permite a las empresas demostrar su cumplimiento en materia laboral de manera proactiva, sin esperar a ser inspeccionadas. Este programa es beneficioso para aquellas empresas con una política de cumplimiento laboral proactivo.

Además de Velavo, Estefan Fuentes mencionó que la STPS está trabajando en cinco Normas Oficiales Mexicanas en el primer periodo del año, incluyendo la Norma 38 y la 36.2 sobre ergonomía. Estas normativas forman parte de un programa de normalización que espera ser publicado en el Diario Oficial de la Federación.

Respecto al teletrabajo, la Norma Oficial Mexicana (NOM) 035 entró en vigor el 5 de diciembre de 2023. Establece que si un trabajador realiza sus actividades fuera del centro de trabajo dos días a la semana o más, se considera teletrabajo. En este caso, las empresas deben cumplir con obligaciones específicas como el pago de electricidad, internet y proporcionar una silla ergonómica, además de otras obligaciones documentales y administrativas. La norma también ofrece ejemplos para un cumplimiento efectivo de estas obligaciones.

Con información de El Economista | Nota original

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