El Fondo de Pensiones para el Bienestar será sometido a una auditoría por el auditor externo del Banco de México, de acuerdo con el Artículo 50 de la ley del banco central, que establece que debe ser elegido de entre una terna de firmas de «reconocido prestigio».
Según el decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de mayo pasado para la creación del Fondo, éste será auditado por el auditor externo mencionado en el Artículo 50 de la Ley del Banco de México, con sus honorarios cubiertos por el patrimonio del propio Fondo.
El proceso para la elección del auditor externo implica que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) solicite a un colegio o instituto de contadores ampliamente representativo proponer una terna de firmas de prestigio, entre las cuales se designará al auditor externo del Banco con la aprobación de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.
Este auditor tendrá amplias facultades para examinar y dictaminar los estados financieros del Banco de México, así como para revisar la contabilidad y documentación relacionada. Además, enviará copias de sus dictámenes al Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión, junto con un informe sobre el ejercicio del presupuesto.
Según la Ley del Banco de México, la contratación del auditor externo no podrá exceder los cinco años. Hasta el periodo 2019-2024, la firma KPMG, Cárdenas Dosal, S.C fue designada como auditor externo del Banco de México, según un acuerdo de la Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación.
Aunque aún no se ha anunciado qué firma será responsable de auditar al banco central durante el periodo 2024-2028, esta firma también auditará el Fondo de Pensiones para el Bienestar en sus primeros años de existencia.
El Fondo de Pensiones para el Bienestar será un fideicomiso público que proporcionará recursos complementarios a los institutos de seguridad social para garantizar pensiones equivalentes al último salario de los trabajadores, hasta un límite máximo. Estará financiado inicialmente con ahorros para el retiro no reclamados y contará con un Comité Técnico presidido por el titular de la SHCP y compuesto por diversos funcionarios gubernamentales.
Con información de El Economista | Nota original